
En FanMarket tratamos con todo tipo de perfiles profesionales vinculados a las redes sociales, y entre ellos, muchos influencers o proyectos de influencers. Unos días atrás, hablando con una chica que empieza a ganar dinero haciendo promociones por Instagram nos preguntó si debería darse de alta de autónomos, y en caso afirmativo, desde qué momento estaría obligada a hacerlo.
Nos han parecido unas preguntas muy interesantes que intentaremos resolver en este post. Antes de continuar leyendo ten en cuenta que cada país tiene su regulación al respecto, y en este caso nos centraremos en España.
¿Está obligado un influencer a ser autónomo?
Si entendemos como influencer a alguien que tiene una actividad más o menos asidua haciendo fotos y promociones para marcas a cambio de un dinero, SI, debería ser autónomo.
Si únicamente haces publicaciones a cambio de muestras de productos no sería necesario ya que no debería tener la consideración de actividad económica.
¿Cuánto dinero tengo que ganar para que el alta de autónomos sea obligatoria?
Existen muchas leyendas urbanas al respecto que dicen que si no llegas al salario mínimo no es obligatorio. Es falso. La Seguridad Social se basa en el criterio de asiduidad para determinar si alguien está obligado (o no) a darse de alta de autónomos. Esto significa que, independientemente del dinero ingresado, si es una actividad que se desarrolla con cierta frecuencia, debe darse de alta.
Al respecto, la Inspección de Trabajo nos respondió a esta duda de forma muy clarificadora. Si viene un político y da una charla 1 día y gana 200.000€ no tiene que ser autónomo. Si alguien realiza trabajos de forma frecuente y gana 200€ al mes está obligado a darse de alta.
Otra cosa es que si la cuantía es muy pequeña la Administración no se de cuenta, pero sobre el papel, la obligación existe.
Si que es cierto que si ganas una miseria y vas a juicio contra la Administración es posible que te acaben dando la razón y te eximan de pagar autónomos, pero solo por el coste de ir a juicio ya no te merece la pena.
Si soy menor de edad, ¿puedo ser autónomo?
La respuesta es NO, la Seguridad Social prohibe específicamente que una persona menor de edad se de de alta como autónomo. En este caso únicamente tendráis que tramitar el alta de actividad en Hacienda (aunque la Seg. Social prohibe que un menor ejerza una actividad por cuenta propia, Hacienda no lo hace).
Al cumplir los 18 años tendrías que darte de alta de autónomos automáticamente sin derecho a aplicarte las bonificaciones por tarifa plana.
¿Qué me implica ser autónomo?
Entre otros, para hacer las cosas de forma correcta deberías:
- Pagar la cuota de autónomos cada mes. La cuota normal son casi 300€, aunque existen reducciones para las primeras etapas de las personas que hace más de dos años que fueron autónomos (sin descuento) por última vez.
- Darse de alta de actividad en Hacienda y presentar los impuestos trimestrales y anuales que correspondan. Los más frecuentes son el IVA y el IRPF, pudiendo no presentar este último si te das de alta de una actividad de tipo profesional y al menos el 70% de tu facturación es a empresas españolas.
- Hacer facturas por los servicios prestados. Parece una obviedad, pero hemos visto casos en los que no se ha hecho y luego ha supuesto un problema.
- Presentar la declaración de RENTA: ganes lo que ganes, si tienes una actividad deberás presentar la RENTA.
- Disponer de un certificado digital. La Administración española quiere disponer de una forma de contacto digital con los autónomos y empresas.
- Gastos adicionales. De asesoría, por ejemplo.
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